LICENCIA DE EDIFICACIONES Y HABILITACIONES URBANAS
- Ordenanza N 564 - MDC
- Un juego del Formulario Único de Edificaciones (FUE-Licencia de Edificación) debidamente llenado, firmado y sellado por el profesional responsable y el propietario, con Anexo A o B de existir condóminos.
- Copia Literal de Dominio expedida por el Registro de Predios que acredite linderos y medidas perimétricas, con una antigüedad no mayor de 30 días calendarios.
- En caso el propietario sea una persona jurídica, deberá presentar Vigencia de Poder expedida por el Registro de Personas Jurídicas con una vigencia mínima de treinta (30) días naturales.
- Plano de Ubicación (esc. 1/500) y de Localización (esc. 1/10,000) según formato.
- Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) a escala conveniente (1/50 o 1/100).
- Memoria Descriptiva del inmueble firmada y sellada por el profesional responsable.
- Presupuesto de Obra en base a valores unitarios vigentes (del mes), suscrito por el profesional responsable.
- En los casos de edificaciones con afluencia masiva de público (centros comerciales, galerías, restaurantes, hospedajes, colegios particulares, templos, clínicas, locales institucionales, salones de recepciones, gimnasios, cines-teatro, etc.), de acuerdo con la normatividad vigente se requerirá presentar la especialidad de Seguridad, constituida por los siguientes documentos:
- Planos del sistema de evacuación y señalización amoblados a escala 1/50 o 1/100, debidamente firmados y sellados por el profesional responsable y por el propietario.
- Memoria Descriptiva de Seguridad firmada y sellada por el profesional responsable de la obra.
- En caso de haber construido dentro de su retiro municipal o hasta el límite de propiedad, deberá adjuntar un Recibo de Pago = S/. 100.00 por cada vía publica colindante (frontal, lateral o fondo).
- En los casos de viviendas multifamiliares de cuatro (4) y cinco (5) pisos, se requiere la presentación de una Carta de Responsabilidad Civil con firmas legalizadas del propietario y del profesional responsable de la obra, a fin de que la Municipalidad deslinde cualquier tipo de responsabilidad sobre posibles deficiencias de la construcción (por constituir riesgo inminente).
- Para los casos de remodelaciones, ampliaciones y/o modificación en la edificación a regularizar, el interesado presentará la copia literal de la inscripción de la Declaratoria de Edificación y/o Fábrica junto con los planos registrados, o la Licencia y/o Conformidad y/o Finalización de Obra con los correspondientes planos aprobados.
- Autorización de la Junta de Propietarios (legalizada notarialmente) para proyectos en inmuebles sujetos al Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común.
- Pago por Derecho de Trámite (Procedimiento de Regularización de Licencia de Edificación) según escala descrita en el Artículo Tercero de la presente ordenanza.
REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES - ORDENANZA N 564
RequisitosDe ser el caso (item 7)
Monto a Pagar por Derecho de Trámite

Reducción de la Multa por Construir sin Licencia de Edificación

De los Requisitos
Al aprobarse los planos con la respectiva Licencia de Regularización, el administrado podrá continuar con el trámite de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación, adjuntando para ello la siguiente documentación técnica debidamente firmada y sellada por el profesional responsable y el propietario:
- Formulario FUE (Declaratoria de Edificación) por triplicado, debidamente llenados, firmados y sellados por el profesional responsable y el propietario, y de existir condóminos con Anexo A o B (por triplicado).
- Documentación técnica de la edificación (ya aprobada con licencia de regularización) debidamente firmada y sellada por el profesional responsable y el (o los) propietario(s).
- Planos de Ubicación a escala 1/500 y de Localización a escala 1/10,000 (por triplicado).
- Plano de Distribución del inmueble a escala conveniente (1/50 o 1/100) por triplicado.
Monto a Pagar por Derecho de Trámite

De los Requisitos
Los requisitos para la obtención del Certificado de Levantamiento de Cargas son los siguientes:
- Solicitud pidiendo levantamiento de cargas técnicas inscritas.
- Copia Literal de Dominio que indique las cargas técnicas inscritas.
- Informe Técnico con las firmas debidamente legalizadas el propietario y del Verificador Responsable (Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado y habilitado) que deberá estar acreditado ante la Zona Registral N° IX-Sede Lima (SUNARP).
- Recibo de Pago por cada carga técnica inscrita, al uso predominante de la edificación, conforme a lo siguiente:
